El RIMI habilita amortización acelerada y devolución de IVA para inversiones ganaderas

Pedro Pieroni, contador público de AZ Group, detalló los alcances del RIMI para el sector ganadero. El esquema para medianas inversiones no exige montos mínimos de compra y alcanza a todas las empresas con certificado pyme.

El sector ganadero cuenta con una nueva herramienta fiscal y financiera orientada a dinamizar la adquisición de bienes de capital: el Régimen de Incentivo a Medianas Inversiones (RIMI). El instrumento normativo, operativo desde agosto, incorpora un tratamiento diferencial para los planteos ganaderos respecto a otras actividades productivas, permitiendo optimizar el flujo de fondos y amortiguar los costos directos de inversión en las empresas del sector.

De esta manera, el contador y analista de la consultora AZ-Group Pedro Pieroni, explicó a Cadena de Valor, que la iniciativa representa un cambio sustancial frente a campañas anteriores. Además, destacó que el marco ya se encuentra plenamente vigente y que su aprovechamiento resulta clave en una coyuntura donde la rentabilidad demanda maximizar la eficiencia tanto a nivel tranqueras adentro como en la faz tributaria.

La principal particularidad del régimen para la actividad ganadera radica en la eliminación de los pisos de desembolso exigidos a otros rubros económicos. Mientras la normativa general requiere montos mínimos de inversión para habilitar el encuadre, la ganadería quedó exenta de umbrales económicos, posibilitando que compras de menor escala, como la adquisición de un solo reproductor o toro, puedan acceder de forma directa a los beneficios fiscales.

El esquema articula dos beneficios centrales para el flujo financiero del establecimiento. Por un lado, contempla la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias, lo que reduce de manera inmediata la base imponible del tributo por la compra efectuada. Por otro lado, habilita el pedido de devolución de saldos de IVA correspondientes a las adquisiciones realizadas en un plazo de tres meses, dando liquidez directa en las cuentas del productor en lugar de inmovilizar créditos fiscales ante el organismo recaudador.

El acceso al instrumento está dirigido de manera estricta a personas humanas y jurídicas que acrediten el certificado MiPyME vigente. Respecto al perfil de los beneficiarios comprende a los segmentos de micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), quedando excluidas aquellas firmas que superen los topes de facturación fijados para dicha categorización. «Si se pasan de ese certificado pyme, no pueden entrar al régimen. Esta es una de las particularidades que pide el régimen puntualmente», afirmó el contador.

En términos administrativos, el circuito operativo se canaliza a través de las plataformas digitales de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El trámite requiere la carga formal de los comprobantes de compra en el servicio habilitado por el organismo fiscal, permitiendo computar la amortización acelerada de forma inmediata y programando el inicio del cronograma de recupero y devolución del IVA a partir del mes de noviembre.

Pieroni concluyó que, frente a los desafíos de precios que atraviesa el negocio de la carne, la eficiencia económica debe complementarse con una gestión tributaria estratégica. La posibilidad de evitar la retención de saldos a favor en el fisco y transformar ese capital en liquidez permite sostener el ritmo de reinversión en las unidades productivas del interior del país.