Últimos días para inscribirse en el Registro de Propietario Productor

El plazo vence el 19 de diciembre para registrarse y obtener un descuento del 5% en el Impuesto Inmobiliario Rural.

El Ministerio de Bioagroindustria recordó que este viernes 19 de diciembre finaliza el plazo para inscribirse en el Registro Provincial de Propietario Productor para obtener un descuento del 5% en el Impuesto Inmobiliario Rural. Se trata de una herramienta que busca fomentar el arraigo y la inversión estructural en el campo cordobés mediante incentivos fiscales directos.

El objetivo central del registro es identificar con precisión a los titulares de establecimientos rurales que participan de manera directa en la producción. Según datos del último Censo Nacional Agropecuario, en Córdoba solo el 30% de los campos son trabajados por sus dueños, mientras que el 70% restante se encuentra bajo esquemas de arrendamiento.

Para reconocer y fomentar a quienes producen en tierras propias, el Gobierno de Córdoba dispuso un descuento adicional del 5% en el Impuesto Inmobiliario Rural para quienes acrediten su condición de propietario productor.

Dicho beneficio se suma a los incentivos ya vigentes. De esta manera, un productor puede alcanzar una quita significativa en su carga tributaria:

  • 30% por ser Contribuyente Cumplidor.
  • 5% por validación de Buenas Prácticas Agropecuarias (BPA).
  • 5% por inscripción como Propietario Productor.
  • Total: Hasta un 40% de descuento final en el impuesto.

¿Cómo inscribirse?

El primer paso es ingresar a la cuenta de Ciudadano Digital. Luego, en la sección de Trámites, se debe buscar la Secretaría de Ganadería y seleccionar la opción DD JJ EME | DAÑOS – SOY PROPIETARIO, donde se deberá cargar una declaración jurada.

Los productores agrícolas deberán adjuntar la declaración jurada SISA, donde figure la cuenta catastral y se indique si el campo es propio o alquilado. En tanto, los productores ganaderos, hortícolas o frutícolas deberán presentar la constancia de RENSPA, donde también se especifique si la cuenta es propia o alquilada.

En los casos en que la actividad productiva sea desarrollada por una persona jurídica que no sea titular de la cuenta catastral del inmueble, dicha persona jurídica solo será validada como Propietario Productor si uno o más de sus socios o integrantes es el propietario registral del inmueble explotado. Para ello, deberán adjuntarse los documentos que lo acrediten.